Según tuvo conocimiento esta asociación, el pasado 20 de marzo, los dos grupos presentaron en conjunto a la Mesa de la Comisión de Economía y Hacienda de las Cortes de Castilla y León varios documentos que proponen diferentes enmiendas de difícil justificación y que podrían atentar contra el principio de no regresión en derechos del medioambiente y que dicta que la normativa y la jurisprudencia ambiental no deberían ser revisadas si esto implicase retroceder respecto a los niveles de protección alcanzados con anterioridad
La modificación de leyes tampoco debe ser una excusa para debilitar los estándares ambientales o para acelerar procesos industriales y urbanísticos que podrían tener consecuencias negativas a largo plazo para la biodiversidad y la salud pública. Es crucial que la Junta de Castilla y León garantice que la implementación de este decreto legislativo y no solo cumpla con los requisitos legales mínimos, sino que también aspire a un modelo de desarrollo sostenible que ponga en primer plano la conservación del medio ambiente y el bienestar de las generaciones futuras.
Es crucial que los planes de conservación medioambiental se alineen con estrategias más amplias de cambio climático y sostenibilidad, como las medidas contra el cambio climático centradas la eficiencia energética. A juicio de Zamora Viva, se debería abogar por un enfoque holístico que equilibre las necesidades humanas con la salud del medioambiente y también del planeta.
A continuación, presentamos nuestra posición razonada sobre estas normas:
1. Modificación de la ley 4/2015 del 24 de marzo sobre Patrimonio Natural en Castilla y León.
Cabe destacar aquí la pretendida modificación de los PRUG (Planes Rectores de Uso y Gestión) con la supuesta idea de re-planificar los espacios protegidos de la Red Natura 2000 para reducir las cortapisas existentes en terrenos rústicos con protección ambiental.
2. Enmienda al Decreto Legislativo 1/2015 de la Junta de Castilla y León.
La simplificación que se pretende aprobar podría comprometer la rigurosidad de las evaluaciones de impacto ambiental así como la protección efectiva de los ecosistemas locales.
3. Enmienda nº 40 a las disposiciones adicionales del proyecto de ley de medidas tributarias.
La clasificación de los núcleos de población según el riesgo de inundación y la operatividad basada en sistemas de previsión y alerta son pasos positivos, pero se debe prestar atención a la preservación de los ecosistemas fluviales y la biodiversidad asociada. Las infraestructuras hidráulicas, por ejemplo, deben diseñarse y gestionarse de manera que no solo prevengan inundaciones, sino que también mantengan la integridad ecológica de los ríos y sus entornos.
4. Enmienda a la Ley 3/2009 de Montes.
Desde un punto de vista ecológico, estas modificaciones podrían representar un retroceso en la conservación de la biodiversidad y el manejo sostenible de los recursos forestales. Las montañas no solo son vitales para la protección hidrológica y la conservación de la biodiversidad, sino que también ofrecen servicios ecosistémicos esenciales que benefician a toda la sociedad.
5. Enmienda de la Ley 4/15 sobre Patrimonio Cultural
Esta enmienda genera grandes dudas en torno a la gestión de dicho Patrimonio. La ley busca establecer medidas, ayudas y subvenciones para los propietarios, poseedores y gestores de bienes culturales lo que produce preocupaciones legítimas sobre cómo estas normativas podrían afectar la preservación del Patrimonio histórico y cultural de la región. Es crucial que se considere el impacto a largo plazo de tales regulaciones y se evalúe si realmente benefician al patrimonio o si, por el contrario, podrían conducir a una comercialización que menoscabe su integridad. La protección del Patrimonio cultural no solo es una cuestión de conservación física, sino también de mantener la esencia y el espíritu de las comunidades que han contribuido a su creación y mantenimiento a lo largo de los siglos.
6. Enmienda a la Ley 5/09 sobre Ruido: Calidad de Vida en Juego
La expansión de actividades ruidosas cerca de zonas habitadas afectará la calidad de vida de los ciudadanos. La salud y el bienestar deben ser prioritarios. Se deben establecer límites estrictos para actividades ruidosas y promover soluciones como zonas verdes y espacios silenciosos.
7. Enmienda a la Ley 9/03 sobre Pesca: ¿Sostenibilidad o Agotamiento?
Aumentar las cuotas de pesca sin una base científica sólida podría agotar los recursos pesqueros y afectar a las comunidades que dependen de la pesca. La ley debe garantizar la supervivencia de las especies y la subsistencia de las comunidades pesqueras. Se deben aplicar cuotas adecuadas para evitar la sobreexplotación.